Competencias y Cualificaciones como entidad que entre sus valores se encuentra el fomento de la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres, y que como misión empresarial tiene, la ayuda en la mejora de la competitividad de las empresas a través de la gestión racional de los recursos humanos y sistemas de gestión, es de carácter casi obligado que entre los servicios que presta a nuestras entidades clientes sea la Elaboración e Implantación del Planes de Igualdad.
Pero, ¿qué es un Plan de Igualdad?
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, en su artículo 46.1, lo define como “un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la (Corporación/Empresa) la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados”

¿Qué empresas están obligadas?
El 1 de marzo se aprobó el Real Decreto-Ley 6/2019 de “Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación”, que ha introducido modificaciones en la Ley de Igualdad, que afectan a la obligación de la negociación de planes de igualdad en las empresas y que entrarán en vigor de forma progresiva, pendientes de un Reglamento que las desarrolle, y de la aprobación del Real Decreto-Ley por la Diputación Permanente.
Con esta nueva regulación, se reduce de 250 a 50 el número necesario de personas en la plantilla de una empresa para que sea obligatoria la negociación de un plan de igualdad.
Sanciones
El no cumplimiento de esta obligación supondrá una sanción grave para la empresa, según la nueva redacción del art.7.7 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).
Beneficios de la implantación del Plan de Igualdad
La elaboración y posterior puesta en marcha de un Plan de Igualdad no solo se debe realizar para cumplir con la normativa ya señalada, sino que su implantación trae consigo numerosas ventajas entre las que destacamos:
Retención del talento.
Mejora del clima laboral.
Preparación para el futuro.
Reputación y mejora de la imagen de la empresa o Corporación.


¿A qué subvenciones me puedo acoger?
Consúltenos y le asesoraremos sobre las diferentes ayudas y subvenciones que podría acogerse en función de su empresa.
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Obtención del distintivo «Igualdad en la Empresa»
Competencias y Cualificaciones también asesora como entidad especializada en la obtención del distintivo “Igualdad en la Empresa”

El distintivo “Igualdad en la Empresa” (DIE) es una marca de excelencia que reconoce a las empresas y otras entidades que destaquen en el desarrollo de políticas de Igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, mediante la implantación de planes de igualdad.
La concesión de esta distinción se instrumentaliza mediante convocatorias anuales en las que pueden participar cualquier empresa o entidad, tanto privada como pública, que destaque, de forma integral en la aplicación y en los resultados de las medidas de igualdad de mujeres y hombres desarrolladas en su organización en cuanto a: condiciones de trabajo, modelos de organización en otros ámbitos como servicios, productos y publicidad de la empresa.